¿Qué son los paraísos fiscales?
Se dice que la denominación “paraíso fiscal” proviene de una
confusión lingüística. En realidad el término en inglés es “tax haven” que
significa literalmente “puerto fiscal” que fue confundido con “tax heaven” que
efectivamente significa “paraíso fiscal”. De todas maneras, el término –tal
como se generalizó- les sienta bastante bien. Aunque no todos los puertos
fiscales son lugares físicamente paradisíacos, gran parte de ellos sí lo son,
convirtiéndose en suertes de “dos por uno”. Lugares verdaderamente celestiales
para el pequeño puñado de dueños del capital que vive pensando distintas
estratagemas para retener y acrecentar la más amplia porción del tiempo de
trabajo sustraído al común de los mortales que habita este planeta. El Fondo
Monetario Internacional –pretendiendo no emitir juicio de valor- denomina a los
paraísos fiscales, Centros Financieros Offshore (CDO) lo que literalmente se
puede traducir como centros financieros en el exterior. Pero ¿qué son?
A fin de acercar una definición, nos basamos en algunos
aspectos desarrollados en Paraísos fiscales en la globalización financiera y
Los paraísos fiscales a discusión. De acuerdo con estos textos existen al menos
18 definiciones distintas de paraíso fiscal y según cuál de ellas se tome por
válida, la cantidad de este tipo de entes se incrementa o disminuye. Según Task Justice Network –que utiliza la
definición más amplia- existen 73 paraísos fiscales en el mundo. Entre ellos
los conocidos Luxemburgo, Andorra, Bahamas, Mónaco o Panamá. Esencialmente se
trata de territorios que gozan de un “autogobierno” que les permite determinar
su propia regulación en materia fiscal y económica. Esto significa que no
tienen que tener necesariamente condición de países por lo que pueden existir
territorios al interior de los Estados que posean características de paraíso
fiscal. Sólo por acercar algunos ejemplos, Estados Unidos ocupaba en 2015 el
tercer puesto por detrás de Suiza y Hong Kong en el ranking de secretismo
financiero de Task Justice Network.
Delaware, definido por la organización contra la corrupción, Transparencia
Internacional, como “refugio para delitos transnacionales”, encabeza la lista
de “paraísos fiscales” norteamericanos, seguido de bastante lejos por Nevada,
Wyoming y Dakota del Sur. El Reino Unido –otro “país normal” si los hay-, posee
cuatro de los principales paraísos fiscales del ranking elaborado por Tax Justice network: Islas Caimán,
Jersey, Islas Vírgenes Británicas y Bermuda.
Se trata de enclaves, es decir, territorios con un sistema
regulatorio dual, diferente para residentes y extranjeros. A las entidades que
se establecen en paraísos fiscales no se les aplica prácticamente ninguna
regulación. Los territorios considerados paraísos fiscales reducen la presión
impositiva para extranjeros hasta incluso hacerla desaparecer y gozan de una
muy laxa normativa financiera. Estos territorios buscan de este modo atraer
capitales y suelen producirse desproporciones aberrantes entre cantidad de
habitantes, nivel de actividad financiera y actividad económica. Por ejemplo,
según El País, Delaware contaba en 2015 con una población de 935.600 habitantes
y 1.181.000 sociedades. Dentro de los “inquilinos fiscales” de Delaware se
encuentran American Airlines, Apple, Amazon, Coca-Cola, Facebook, General
Electric, Google, JP Morgan, Twitter, Visa y Walmart.
Sobre usos y usuarios
Bancos, empresas transnacionales, grupos de empresas e
individuos propietarios de voluminosos patrimonios son quienes usufructúan,
mediante variados mecanismos, los paraísos fiscales. Siguiendo la descripción
de los textos mencionados, estos territorios se utilizan corrientemente para
tres tipos de práctica: la elusión, la evasión impositiva y el lavado de
dinero. La elusión es una práctica considerada legal mediante la cual las
empresas diversifican los territorios donde pagan impuestos buscando minimizar
la carga con respecto a lo que pagarían en un único territorio. Por el
contrario, la evasión es una práctica ilegal que consiste en no registrar
ganancias que formalmente deberían ser gravadas con algún tipo de impuesto. El
lavado de dinero es una operación destinada a lograr que los fondos y activos
provenientes de actividades ilícitas aparezcan como resultado de actividades
lícitas.
En la actualidad, una de las principales actividades de los
bancos consiste en la constitución de fondos de inversión colectiva. Dentro de
esos fondos los llamados hedge funds –o fondos de cobertura- son instrumentos
de inversión financiera con escasa regulación, elevados apalancamiento,
exposición al riesgo y rentabilidad. Estos fondos de los cuales el Long Term Capital Management (LTCM) y el
mecanismo mediante el cual el financista Soros apostó contra la libra esterlina
en 1992 –y la hundió- , son ejemplos resonantes, se constituyen en su mayoría
en paraísos fiscales. Su territorio de establecimiento suele ser distinto del
de gestión. Para dar una idea, según datos de 2010, el 60% del total de hedge funds se encontraba establecido en
paraísos fiscales –el 27% en Delaware- mientras que el 80% operaba en territorio
norteamericano y el 20% restante lo hacía mayormente en territorio londinense.
Los bancos gestores de estas operaciones pueden crear sucursales y filiales en
los “paraísos” en un instante y casi sin requerimientos, a fin de evitar
regulaciones estatales. Pero las quiebras o pérdidas recaen sobre la casa
matriz y por lo tanto repercuten sobre el país de origen. Esto es lo que
sucedió con las hipotecas subprime en
2008, lo que muestra que los “paraísos” jugaron un rol muy importante en el
desarrollo de la crisis. Posteriormente gran parte de las pérdidas bancarias
fueron asumidas por los Estados con lo cual la banca… siempre gana.
Por su parte, las empresas transnacionales fragmentan sus
actividades para maximizar el beneficio. Suelen así tener sus fábricas en un
país, sus oficinas en otro, su servicio de tele asistencia en otro y su sede en
un paraíso fiscal (como es bien conocido en Argentina el caso del grupo Techint
cuya sede está radicada en Luxemburgo). Esta diversificación les permite
combinar la mano de obra más barata con los impuestos y costos medioambientales
más bajos o los requisitos legales menores. En los “paraísos” también se pueden
constituir empresas enteras o Holdings -entidades creadas para ser propietarias
de un grupo de empresas- en instantes y casi sin exigencias, manteniendo el
secreto bancario que permite la no revelación del verdadero propietario así
como la exención de dividendos e intereses cobrados. Además también se puede
obtener financiación mucho más barata, se realizan auto préstamos, compras y
ventas entre distintas sociedades de una misma firma, entre otras múltiples
transacciones que desvirtúan completamente los balances. La empresa Enron, por
ejemplo, conocida por sus escándalos contables, utilizó una red de casi 900
sociedades en paraísos fiscales. Las empresas suelen también manipular los
precios exportando figuradamente, por ejemplo, a muy bajo precio –y por tanto
con baja ganancia y baja tributación- desde una filial a su sede en un
“paraíso”. Exportando luego realmente al precio efectivo desde el “paraíso” al
lugar de destino pagando muy baja tributación precisamente porque la operación
se realiza desde el “paraíso”. También las empresas transnacionales suelen
echar mano al mecanismo de las “banderas de conveniencia” que implica registrar
distintos barcos en diferentes paraísos fiscales cada uno como una empresa en
sí misma, con el objeto de reducir riesgos.
Por último, los patrimonios de las personas con activos
líquidos superiores al millón de dólares suelen colocarse en manos de los
bancos que cuentan con secciones especializadas para gestionar -o sea
revalorizar- grandes fortunas y utilizan los paraísos fiscales como forma
preferente. A través de fideicomisos (personas que detentan la propiedad de
algo sólo virtualmente) esquivan regulaciones fiscales de sus propios países e
incluso las leyes sobre herencia y sucesiones. La banca privada asesora a esas
grandes fortunas creando unos complejos entramados de empresas y entidades que
ocultan la propiedad, evitando así las posibles inspecciones fiscales (resulta
casi una ironía la pretensión del presidente argentino Mauricio Macri de evadir
responsabilidades arguyendo que sólo integraba el directorio de una empresa en
Bahamas…). A la vez, el dinero sucio proveniente de la corrupción o de
cualquier otro tipo de delito en los “paraísos” se fragmenta y se va
introduciendo en muchas cuentas corrientes bancarias. En una segunda fase el
dinero se dispersa en los mercados financieros para que en una tercera fase de
reciclado, se utilice después en la compra de viviendas, creación de empresas o
inversiones productivas.
Vale la pena retener sólo un dato resultante de todas estas
encantadoras operatorias. Como señala Vigueras en Los paraísos fiscales, para
el año 2005, Tax Justice Network
calculaba en alrededor de 11.5 billones de dólares el valor de los activos
depositados en estos enclaves. El equivalente a un tercio del PBI mundial en
aquel año.
Más acá del paraíso (o una gran contratendencia)
Aunque el origen histórico de los “paraísos” resulte
bastante lejano en el tiempo –hay quienes ubican sus primeros antecedentes en
Mónaco en 1868 y luego en Estados Unidos a fines del siglo XIX-, son muchos los
autores que consideran que tal como los conocemos hoy, se remontan en realidad
a los años ‘60 y ‘70. Vigueras, por ejemplo, los vincula al mercado de
eurodólares primero y petrodólares después, en el contexto del salto de la
globalización financiera. Eurodólares y petrodólares se combinaron hacia
principios de los años ‘70 forjando una gran masa de capital líquido en los
bancos europeos. Esa masa de capital colisionó con las dificultades para la
acumulación derivadas de las condiciones del fin del boom de posguerra.
En este marco, la proliferación de los paraísos fiscales se
fue desarrollando como un capítulo de las políticas destinadas a mejorar las
condiciones generales de la valorización del capital en un contexto de
progresivo descenso de la tasa de ganancia. El desarrollo de los “paraísos”
acompañó las políticas de liberalización de los mercados financieros,
favorecidas además por el derrumbe del sistema de Bretton Woods. Unos años más
tarde estas políticas se complementaron con cambios en las prácticas bancarias
vigentes en Estados Unidos, reducciones impositivas, entre otras, implementadas
por Reagan a partir de los años ’80, muy pronto seguido por otros países
centrales como el Reino Unido y Francia.
Este conjunto de políticas tenía un doble propósito. Por un
lado facilitaba la circulación internacional del capital para dar rienda suelta
a la especulación financiera. Pero por el otro, buscaba mejorar las condiciones
para la apropiación del valor creado, en un contexto de caída de la tasa de
ganancia. Dos factores que como señalamos en diversas oportunidades, no
resultan independientes.
Los petrodólares y eurodólares cuya circulación los
“paraísos” facilitaron, fueron a engrosar las deudas externas de los países
dependientes y hasta hoy actúan como formas indirectas de extracción de
plusvalor a través del reembolso sistemático de las impagables deudas que
originaron. A la vez los paraísos contribuyeron y contribuyen a reducir en
niveles sorprendentes las cargas fiscales ya extremadamente reducidas más acá
de los “paraísos”. Basta tener en cuenta, por ejemplo, que en Estados Unidos y en
Reino Unido, según datos de Piketty, las tasas impositivas máximas sobre los
ingresos más altos declinaron desde el 70% en la década del ‘70 hasta
aproximadamente el 30% una década después.
De modo que no se trata sólo de los paraísos fiscales sino
de una maraña de políticas de reducciones impositivas destinadas a incrementar
la apropiación de ganancias. De hecho las reducciones impositivas operan
“devolviendo” a los poseedores del capital masas de ganancia sustraídas en
décadas anteriores y redistribuidas a través del Estado. Cuestión que
evidentemente permitió incrementar una tasa de ganancia reducida. En este
sentido y en nuestra impresión estas medidas, conjuntamente con el incremento
de la explotación del trabajo y la conquista de nuevas áreas para la expansión
del capital, actuaron durante las últimas décadas, como tres significativas
tendencias contrarrestantes a la caída de la tasa de ganancia. Por eso, parece
interesante repensar el affaire Panama
Papers a la luz de una situación en la cual una vez más grandes masas de
capital enfrentan serios obstáculos para su acumulación ampliada.
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